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  • Foto del escritorJosé Luis Sánchez Cardona

CRISIS CLIMÁTICA: LA NECESIDAD DE GARANTIZAR EL DERECHO COLECTIVO A UN AMBIENTE SANO

En estos tiempos de globalización económica-jurídica-cultural, se presenta una crisis de humanidad, que se evidencia en la falta de conciencia o peor aún en una falta de sensibilidad y respeto hacia el entorno que nos rodea. Cada vez es más común escuchar en los diferentes medios de comunicación sobre la extinción creciente de especies animales, incendios forestales en la Amazonía y en Australia, deshielo de los polos, deforestación, explotación desmedida de los recursos naturales, contaminación del aire en las grandes metrópolis, inundaciones, entre otros fenómenos naturales, los cuales son evidencia no solo de un cambio climático, sino de una alarmante crisis climática.


Esta crisis, ya no es pasajera, al demostrarse que cada vez más afecta a poblaciones más vulnerables, como es el caso del Municipio de Cedeño, que se encuentra en el sur de Honduras, zona donde cada vez se pierde más costa por el crecimiento del mar. Sus pobladores ven un futuro que no es de paz ni de alegría, sino de desconcierto, tristeza y desesperación, al saber que la tierra de sus ancestros desaparece lentamente.


Un ejemplo más de la crisis climática, son los incendios que se presentaron en enero en Australia, los cuales consumieron más de 150 mil hectáreas de bosque, la muerte de miles de animales y de algunas personas. Con este fenómeno, el ecosistema australiano, no es más que una zona devastada y desértica, que no va a poder recuperarse en muchos años, si se siguen presentando estos crecimientos en la temperatura, sumado a los descuidos y falta de sensibilidad de la población.El problema no es de otros países, pues en Colombia, la crisis climática ha tenido sus efectos, como se constata con emergencias ambientales en Bogotá y Medellín por la calidad del aire, deshielo de los nevados, deforestación en Amazonas y en Chocó, extinción de especies animales, derrames de petróleo en los ríos, e inundaciones.


Ante esta crisis se suma el retiro de algunas naciones del Acuerdo de Paris, lo cual significa la falta de voluntad de los Estados frente a los cambios climáticos. En estos tiempos de incertidumbre y del auge de la crisis climática, que la justicia como valor supremo de toda sociedad ya no solo se invoca para salvaguardar los derechos individuales, sino que el debate se centra en aquellos derechos colectivos, que abarcan grupos y comunidades. En ese escenario, constituido por la complejidad de las sociedades industriales, donde se hace un llamado a garantizar derechos colectivos, como el ambiente sano, justificándolo como estandarte y bandera por la lucha contra la crisis climática.


El ambiente sano como derecho colectivo se constituye en una nueva realidad de las sociedades contemporáneas, rompiendo con los esquemas tradicionales de los derechos individuales, donde los abogados nos hemos centrado a estudiar. Este tipo de derechos, no se asimila al derecho subjetivo, pues tiene la particularidad según Cappelletti de pertenecer al mismo tiempo a todos y a ninguno. Esta nueva categoría implica una reconceptualización del derecho subjetivo, pues se desplaza su protagonismo en el sistema jurídico y se admite que hay derechos sin sujeto, es decir, hay grupos que sin reconocimiento pueden actuar para la defensa de intereses difusos. Se evoluciona el deber jurídico, el cual no se limita a la prestación o una actuación de la entidad pública o de una organización privada para la protección de un individuo, sino de una colectividad.


Esta perspectiva reformista y para algunos, revolucionaria, es la que abre paso a la existencia de los derechos colectivos, donde las comunidades pueden tomar acciones políticas, jurídicas y sociales, con el fin de reivindicar y luchar por algo más que una vivienda digna o un derecho a la salud. Esta visión colectiva no se reduce a la defensa de derecho colectivo a un ambiente sano, su mirada va más allá, como es la construcción de un futuro mejor, que se caracterice por remediar los actos irresponsables de las industrias y las omisiones de los Estados ante una crisis climática desbordada.

Esta concepción optimista de la garantía de los derechos colectivos tiene sus retos al significar que las organizaciones sociales y comunidades deben alzar la voz, desde muchos espacios, que comienza con la interposición de acciones populares contra la Administración y con aquellos particulares, que con su pretensión de crecimiento económico, reducen las oportunidades de las futuras generaciones. En la orientación que expongo, Cappelletti expresa: «El valor en juego es colectivo y debe existir, por consiguiente, la posibilidad de construir tipos nuevos de tutela, no dejados simplemente al interés material o al estímulo de la iniciativa individualista» .


Sin embargo, esta no es la única herramienta con que cuentan las comunidades, en el entendido que la movilización política y social es un importante instrumento de presión y juicio a los gobiernos, que cada vez observan con preocupación el descontento social y la pérdida de legitimidad de sus decisiones. Esta nueva fuerza defensora de los derechos colectivos en la crisis climática es el nuevo camino de esperanza hacia una idea de reconstrucción de nuestro entorno.


Esta lucha contra la crisis climática, implica la reivindicación política, histórica, social y jurídica de la existencia de los derechos colectivos, como un nuevo esquema que establezca espacios de cambio. Es hora de construir no de destruir, es hora de sembrar y no de talar, es hora de sanar y no de arruinar. Es hora de un camino diferente, que entiende que nuestra vida no es independiente, sino que su existencia está condicionada a un entorno.


Estamos ante una constante lucha, donde las presentes y futuras generaciones debemos actuar, sino estaremos ante la destrucción de lo que conocemos, y en poco podríamos presenciar el réquiem de la humanidad.



[1] Abogado y especialista en derecho administrativo de la Universidad de Antioquia. Integrante del Grupo Estudio de Derecho Público adscrito al Centro de Estudios de Derecho Administrativo –CEDA-. Actualmente es abogado de la Institución Universitaria Colegio Mayor de Antioquia. Correo: jolusanchezcar@hotmail.com.

[2] CAPPELLETTI, Mauro. Formaciones sociales e intereses de grupo frente a la justicia civil. En:Boletin Mexicano de Derecho Comparado, Vol XI. p. 1-40.

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